De Tepexi uno de los 51 Restos de poblanos repatriados en el primer semestre de 2023

 

Bandera de México y de Estados unidos / sujetos cargando ataúd. 
Creditos: Especial

Los poblanos fallecieron en el extranjero, eran de 39 municipios distintos, aunque la mayoría eran de San Pedro Cholula

Nota publicada en Central Puebla

En el primer semestre de 2023, los restos de 51 poblanos fueron repatriados de acuerdo con datos del Instituto Poblano de Asistencia al Migrante (IPAM).

La mayoría de los poblanos que fallecieron en Estados Unidos y regresaron a Puebla eran de San Pedro Cholula con cinco casos y Tepeaca con tres.

A su vez, otros municipios que también sobresalieron por la repatriación de dos personas fueron Acatlán, Huaquechula, Izúcar de Matamoros, Puebla, San Gabriel Chilac, Tehuitzingo, y Teopantlán.

El IPAM repatrió los restos de poblanos de 39 municipios distintos como Tepexi de Rodríguez, Tepeyahualco de Cuauhtémoc, Tlacotepec de Benito Juárez, Tlatlauquitepec y Xochiltepec.

De los poblanos repatriados, destaca que sus edades iban de los 22 y hasta los 76 años. Además, 23 eran del género femenino y 28 del masculino.

El IPAM ayuda a trasladar los restos desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y hasta el municipio de origen del poblano fallecido en el extranjero.

Requisitos para repatriar a poblanos fallecidos en el extranjero

En caso de tener un caso similar para la repatriación de restos de un poblano en el extranjero, estos son los requisitos.

I. Solicitud de apoyo dirigida al Instituto

II. Documentación que sirva de evidencia de que la o el migrante fallecido, fue poblano y falleció fuera del territorio nacional, que se compone de:

1. Acta de defunción expedida por autoridad extranjera;

2. Acta de nacimiento de la persona fallecida, donde se acredite que era originaria del Estado de Puebla; y

3. Clave Única de Registro de Población (CURP)

III. Documentación de persona beneficiaria:

Acta de nacimiento a través de la cual acredite ser familiar directo de la persona fallecida. Puede ser madre, padre, cónyuge hija o hijo; u otro familiar de la persona fallecida.

En casos especiales en que la persona fallecida no cuente con familiares directos se puede acordar una excepción previamente con la Dirección General del instituto.

2. Identificación oficial vigente.

3. Clave Única de Registro de Población (CURP)

4. Comprobante de domicilio (vigente de no más de tres meses anteriores a la solicitud de apoyo) de Puebla.


Nota original: https://www.periodicocentral.mx/puebla/restos-de-51-poblanos-fueron-repatriados-en-el-primer-semestre-de-2023/228176/#ixzz8GzEA4va6

Follow us: @CentralPuebla on Twitter

Clima:

Entradas populares

Contacto:

d13noticias@gmail.com

Vistas a la página totales